Los refugiados y los desplazados
Consecuencia de los conflictos armados
08-ene-2010
José Vicente Mestre Chust
Una de las consecuencias de los conflictos armados nace de la huida de la población civil hacia zonas más seguras, sin enfrentamientos armados. El problema humanitario que esta masiva huida conlleva suele ser grande ya que no suelen existir infraestructuras para soportar la presencia de miles de refugiados, con todas sus necesidades de carácter logístico como alimentación o refugio.
La Convención sobre el estatuto del refugiado define refugiado como "Una persona que, debido a un miedo fundado de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, membresia de un grupo social o de opinion política en particular, se encuentra fuera de su país de nacimiento y es incapaz, o, debido a tal miedo, no esta dispuesto a servirse de la protección de aquel país; o de quien, por no tener nacionalidad y estar fuera del país de su antigua residencia habitual como resultado de tales eventos, es incapaz, debido a tal miedo, de estar dispuesto a volver a éste".
Refugiados y Desplazados
Sería conveniente separar claramente los conceptos de refugiado y de desplazado, aunque la diferencia es muy pequeña. Los refugiados han cruzado alguna frontera, huyendo de la situación de sus países de origen, mientras que los desplazados, han huido de una zona a otra, pero sin llegar a salir de su país, por lo que en muchas ocasiones, es más difícil conocer su situación humanitaria, al no haber cruzado ninguna frontera.
Los derechos de los refugiados y desplazados
El problema de la existencia de refugiados, a pesar de no ser nuevo, ha aumentado últimamente por el número de refugiados que hay, víctima de los numerosos conflictos armados. Los artículos 13, 14 y 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos hacen referencia a esto. El artículo 13 afirma:
"1. Toda persona tiene derecho a circular libremente ya elegir su residencia en el territorio de cada Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, ya regresar a su país".
El Artículo 14 afirma:
"1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo en otros países ya disfrutar de él.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas".
Y finalmente, el Artículo 15:
"1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad".
El ACNUR
El ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados) es una Organización dependiente de la ONU la que vela por los intereses de los refugiados. La ONU define refugiado como una persona que se encuentra fuera de su país y no puede volver a él debido a un temor de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenecer a un determinado grupo social u opinión política.
En 1969, la OUA (Organización para la Unidad Africana) incluyó en la aplicación de refugiado a toda persona que debido a una agresión externa, ocupación, dominación extranjera o graves alteraciones del orden público se vea obligada a abandonar su hogar y buscar lugar de refugio fuera de su lugar de origen o nacionalidad.
El copyright del artículo
Los refugiados y los desplazados, publicado en
Guerras y Conflictos Armados pertenece a
José Vicente Mestre Chust. Es necesario el consentimiento expreso de su autor para la publicación o reproducción, parcial o total, a través de medios impresos, online o a través de cualquier otro medio o formato de
Los refugiados y los desplazados.